Hacienda instruye la creación urgente de Comités Locales para fiscalizar ausentismo y uso de licencias médicas
El Ministerio de Hacienda, a través de un Oficio Circular con fecha 20 de mayo de 2025 y firmado por el ministro Mario Marcel, ha instruido a todos los ministerios, subsecretarías y jefaturas de servicios e instituciones del sector público la conformación de Comités Locales de Ausentismo. Esta medida busca implementar una estrategia coordinada para abordar el aumento del ausentismo laboral y controlar el debido cumplimiento de las licencias médicas, estableciendo plazos inminentes para la designación de responsables y la aplicación de nuevos lineamientos que incluyen la investigación de irregularidades y el reintegro de remuneraciones indebidamente percibidas.
En una medida directa para enfrentar el creciente ausentismo laboral dentro de la administración pública, el Ministro de Hacienda, Mario Marcel, emitió el pasado 20 de mayo el Oficio Circular N°16, que ordena a todas las reparticiones estatales la creación de Comités Locales de Ausentismo. La instrucción, dirigida a ministros, subsecretarios y jefes de servicio, se enmarca en los compromisos adquiridos en el Protocolo de Acuerdo de Reajuste del Sector Público 2024-2025 y busca establecer un control más riguroso sobre las ausencias y el uso de licencias médicas.
La directriz ministerial surge como una acción coordinada por el Comité Nacional de Ausentismo, instancia conformada por el Ministerio de Hacienda, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la Dirección de Presupuestos (Dipres), el Servicio Civil y la Mesa del Sector Público. Según el documento oficial, la creación de estos comités locales es considerada una "buena práctica" identificada por la entidad nacional para abordar la problemática a nivel operativo.
El oficio ministerial establece plazos concretos. Se solicita a cada cartera designar a un Subsecretario(a) a cargo de la coordinación y seguimiento de la implementación de estas acciones. Adicionalmente, este Subsecretario(a) deberá nombrar a un funcionario(a) responsable que actuará como contraparte institucional ante el Comité Nacional de Ausentismo. Los datos de contacto de esta contraparte –nombre completo, cargo, correo electrónico y número de teléfono– deben ser informados al correo electrónico ausentismolaboral@dipres.gob.cl a más tardar el próximo martes 27 de mayo de 2025.
Una vez designados, estos funcionarios de enlace serán contactados por la secretaría técnica del Comité Nacional para recibir "recomendaciones y buenas prácticas a los Comités Locales, solicitudes de información y diagnósticos, calendarización de actividades, entre otras".
Los Comités Locales de Ausentismo tendrán un rol operativo fundamental y deberán cumplir con cinco objetivos principales:
La conformación de estos comités será mixta, incluyendo a "un(a) representante del/la Subsecretario(a) o Jefe(a) de Servicio", "representantes de la división o unidad de gestión de personas", "funcionarios(as) con funciones relacionadas con calidad de vida o salud funcionaria", y crucialmente, "representantes de las asociaciones de funcionarios de su institución".
El documento de Hacienda también imparte lineamientos específicos relativos al control del debido cumplimiento de las licencias médicas, invocando el principio de probidad administrativa y el artículo 51 del D.S. N°3 de 1984 del Ministerio de Salud.
Se instruye que, dentro de las 72 horas siguientes a la toma de conocimiento de que un funcionario ha incumplido el reposo indicado en una licencia médica o incurrido en conductas que justifiquen su rechazo o invalidación, las instituciones públicas "deberán iniciar los procesos disciplinarios que establecen los estatutos de personal que les sean aplicables".
Además, se recalca la obligación de los servicios públicos de informar a las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o a las Instituciones de Salud Previsional (Isapres), según corresponda, "cualquier irregularidad que verifiquen o les sea denunciada en relación con el debido cumplimiento de las licencias médicas de su personal".
En caso de que las entidades competentes rechacen o invaliden licencias médicas ya concedidas, el oficio es claro: "los organismos empleadores deben adoptar, de conformidad a la normativa vigente, las medidas conducentes al reintegro de las remuneraciones indebidamente recibidas durante los periodos de reposo rechazados". Las jefaturas tendrán un plazo de 30 días desde la toma de conocimiento de estas situaciones para informar, a través de su contraparte institucional, las acciones adoptadas.
Esta nueva ofensiva contra el ausentismo y el uso indebido de licencias médicas busca no solo optimizar los recursos del Estado, sino también reforzar la confianza pública en las instituciones. La creación de comités con participación de las asociaciones de funcionarios podría facilitar la implementación de las medidas, aunque no se descarta que la mayor fiscalización genere debate en el sector.
El Comité Nacional de Ausentismo, por su parte, jugará un rol clave en el monitoreo de la implementación de estas directrices y en la evaluación de su impacto a mediano y largo plazo. Se espera que en las próximas semanas, una vez vencido el plazo del 27 de mayo para la designación de los coordinadores, comiencen a conocerse los primeros reportes sobre la constitución y puesta en marcha de los Comités Locales a lo largo del país. La efectividad de esta estrategia dependerá en gran medida del compromiso de cada repartición pública y de la colaboración de todos los actores involucrados.
Fuente información: Agencia MI
En una medida directa para enfrentar el creciente ausentismo laboral dentro de la administración pública, el Ministro de Hacienda, Mario Marcel, emitió el pasado 20 de mayo el Oficio Circular N°16, que ordena a todas las reparticiones estatales la creación de Comités Locales de Ausentismo. La instrucción, dirigida a ministros, subsecretarios y jefes de servicio, se enmarca en los compromisos adquiridos en el Protocolo de Acuerdo de Reajuste del Sector Público 2024-2025 y busca establecer un control más riguroso sobre las ausencias y el uso de licencias médicas.
La directriz ministerial surge como una acción coordinada por el Comité Nacional de Ausentismo, instancia conformada por el Ministerio de Hacienda, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la Dirección de Presupuestos (Dipres), el Servicio Civil y la Mesa del Sector Público. Según el documento oficial, la creación de estos comités locales es considerada una "buena práctica" identificada por la entidad nacional para abordar la problemática a nivel operativo.
Plazos y responsabilidades clave
El oficio ministerial establece plazos concretos. Se solicita a cada cartera designar a un Subsecretario(a) a cargo de la coordinación y seguimiento de la implementación de estas acciones. Adicionalmente, este Subsecretario(a) deberá nombrar a un funcionario(a) responsable que actuará como contraparte institucional ante el Comité Nacional de Ausentismo. Los datos de contacto de esta contraparte –nombre completo, cargo, correo electrónico y número de teléfono– deben ser informados al correo electrónico ausentismolaboral@dipres.gob.cl a más tardar el próximo martes 27 de mayo de 2025.
Una vez designados, estos funcionarios de enlace serán contactados por la secretaría técnica del Comité Nacional para recibir "recomendaciones y buenas prácticas a los Comités Locales, solicitudes de información y diagnósticos, calendarización de actividades, entre otras".
Objetivos y composición de los Comités Locales
Los Comités Locales de Ausentismo tendrán un rol operativo fundamental y deberán cumplir con cinco objetivos principales:
- Levantar diagnósticos e información desagregada en relación con el ausentismo.
- Implementar las medidas dispuestas por el Comité Nacional y evaluar sus resultados.
- Construir índices de ausentismo, con el grado de desagregación que sea pertinente para cada organismo.
- Implementar instancias de comunicación, participación y capacitación en materia de ausentismo.
- Realizar seguimiento y acompañamiento ante situaciones de ausentismo prolongado.
La conformación de estos comités será mixta, incluyendo a "un(a) representante del/la Subsecretario(a) o Jefe(a) de Servicio", "representantes de la división o unidad de gestión de personas", "funcionarios(as) con funciones relacionadas con calidad de vida o salud funcionaria", y crucialmente, "representantes de las asociaciones de funcionarios de su institución".
Endurecimiento en la fiscalización de Licencias Médicas
El documento de Hacienda también imparte lineamientos específicos relativos al control del debido cumplimiento de las licencias médicas, invocando el principio de probidad administrativa y el artículo 51 del D.S. N°3 de 1984 del Ministerio de Salud.
Se instruye que, dentro de las 72 horas siguientes a la toma de conocimiento de que un funcionario ha incumplido el reposo indicado en una licencia médica o incurrido en conductas que justifiquen su rechazo o invalidación, las instituciones públicas "deberán iniciar los procesos disciplinarios que establecen los estatutos de personal que les sean aplicables".
Además, se recalca la obligación de los servicios públicos de informar a las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o a las Instituciones de Salud Previsional (Isapres), según corresponda, "cualquier irregularidad que verifiquen o les sea denunciada en relación con el debido cumplimiento de las licencias médicas de su personal".
En caso de que las entidades competentes rechacen o invaliden licencias médicas ya concedidas, el oficio es claro: "los organismos empleadores deben adoptar, de conformidad a la normativa vigente, las medidas conducentes al reintegro de las remuneraciones indebidamente recibidas durante los periodos de reposo rechazados". Las jefaturas tendrán un plazo de 30 días desde la toma de conocimiento de estas situaciones para informar, a través de su contraparte institucional, las acciones adoptadas.
Esta nueva ofensiva contra el ausentismo y el uso indebido de licencias médicas busca no solo optimizar los recursos del Estado, sino también reforzar la confianza pública en las instituciones. La creación de comités con participación de las asociaciones de funcionarios podría facilitar la implementación de las medidas, aunque no se descarta que la mayor fiscalización genere debate en el sector.
El Comité Nacional de Ausentismo, por su parte, jugará un rol clave en el monitoreo de la implementación de estas directrices y en la evaluación de su impacto a mediano y largo plazo. Se espera que en las próximas semanas, una vez vencido el plazo del 27 de mayo para la designación de los coordinadores, comiencen a conocerse los primeros reportes sobre la constitución y puesta en marcha de los Comités Locales a lo largo del país. La efectividad de esta estrategia dependerá en gran medida del compromiso de cada repartición pública y de la colaboración de todos los actores involucrados.
Fuente información: Agencia MI