4 años de presidio efectivo a ex presidente de sindicato por violación en La Unión

4 años de presidio efectivo a ex presidente de sindicato por violación en La Unión
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia sentenció a un hombre a presidio efectivo por el delito de violación cometido en 2020 en la comuna de La Unión, en la Región de Los Ríos. El condenado, quien al momento de los hechos se desempeñaba como presidente de un sindicato de la empresa lechera Colún, utilizó una engañosa oferta laboral para contactar a la víctima, una joven de 20 años, a quien posteriormente incapacitó con alcohol y drogas para cometer el ilícito. El sujeto renunció a la compañía tras conocerse el veredicto.

A una pena de cuatro años de presidio mayor en su grado mínimo, con carácter de cumplimiento efectivo, fue condenado un hombre acusado por la Fiscalía de Los Ríos como autor del delito de violación, perpetrado en el año 2020 en la comuna de La Unión. La sentencia fue dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Valdivia, que acogió las pruebas presentadas por el Ministerio Público durante el desarrollo del juicio.

El condenado, cuya identidad se mantiene en reserva para proteger a la víctima, ocupaba al momento del crimen un cargo de alta representatividad gremial, al desempeñarse como presidente de uno de los sindicatos de la Cooperativa Agrícola y Lechera de La Unión, más conocida como Colún. Según confirmó la fiscalía, la empresa tomó contacto con la institución para informar que el individuo presentó su renuncia a la compañía una vez que se dio a conocer el veredicto condenatorio en su contra.

La investigación, dirigida por la fiscal de La Unión, Leyla Chahín, logró establecer el modus operandi utilizado por el sentenciado para abordar y agredir a la víctima. Los hechos se remontan a 2020, en pleno contexto de la pandemia por COVID-19, cuando el entonces dirigente sindical contactó a la joven, de 20 años en esa fecha, a través de una falsa oferta de trabajo. El hombre le propuso desempeñarse como camarera en un supuesto evento de la empresa, una oportunidad laboral que nunca existió.

Bajo el pretexto de que el evento se había cancelado, el sujeto la persuadió para reunirse de todas formas, invitándola a consumir bebidas alcohólicas en las cercanías de la comuna de Río Bueno. Posteriormente, la trasladó hasta una cabaña ubicada en la comuna de La Unión, lugar donde finalmente se concretó el delito. De acuerdo con los antecedentes ventilados en el juicio, la agresión sexual se produjo mientras la víctima se encontraba privada de sentido, producto de la ingesta de alcohol y drogas que le fueron suministradas por el propio condenado.

La fiscal Leyla Chahín se refirió a la resolución del tribunal, destacando el trabajo investigativo y la contundencia de las pruebas que permitieron acreditar tanto el delito como la participación del acusado. En una declaración oficial, la persecutora señaló: "Acogiendo la petición de la Fiscalía Local de la Unión, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia condenó por el delito de violación a una pena de cuatro años de presidio efectivo a un acusado que, en el pasado, se desempeñó como presidente de un sindicato de la conocida empresa Colún. Directivos de aquella empresa han tomado contacto con nosotros para informarnos que, luego de conocido el veredicto, esta persona había renunciado a esta empresa lechera. La víctima al momento de los hechos tenía 20 años y los hechos ocurren a propósito de una oferta de trabajo que le hace esta persona a la joven como camarera en un supuesto evento de la empresa. Cuestión que según los dichos del acusado se había cancelado y lo que motivó que, estando en un contexto de pandemia, él la invitara a consumir alcohol, primero en las inmediaciones de la comuna de Río Bueno, para luego trasladarla a una cabaña en la comuna de la Unión. Los hechos habrían ocurrido mientras la víctima estaba privada de sentido por la ingesta de alcohol y drogas".

La condena de "presidio efectivo" implica que el sentenciado deberá cumplir la totalidad de la pena privado de libertad en un centro penitenciario, sin poder optar a penas sustitutivas como la remisión condicional o la libertad vigilada, al menos durante el período inicial que establece la ley. Esta decisión del tribunal subraya la gravedad de los hechos, particularmente el aprovechamiento de la vulnerabilidad de la víctima, quien fue incapacitada deliberadamente para la comisión del delito. El caso pone de relieve el uso de la mentira y la manipulación como herramientas para facilitar crímenes de connotación sexual, así como la importancia de la denuncia para que el sistema judicial pueda investigar y sancionar a los responsables.


Fuente información: Comunicaciones Fiscalía
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