Concejala de Osorno acusa al alcalde de desacato y presenta denuncia en Contraloría

Concejala de Osorno, Natalie Guissen Ibarra
La concejala de Osorno, Natalie Guissen Ibarra, presentó una denuncia por desacato ante la Contraloría General de la República en contra del alcalde. La acción legal se fundamenta en el presunto incumplimiento de un fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia, emitido en febrero, que ordenaba al municipio tomar medidas urgentes para garantizar la accesibilidad universal en el edificio consistorial. La edil, que se encuentra en situación de discapacidad, asegura que la inoperatividad del ascensor y la falta de soluciones adecuadas le impiden participar de forma presencial en los concejos, vulnerando sus derechos y constituyendo, a su juicio, un acto de "discriminación arbitraria".

Una grave acusación pesa sobre la administración del alcalde de Osorno, Jaime Bertín. La concejala Natalie Guissen Ibarra confirmó haber ingresado una denuncia formal ante la Contraloría General de la República por el delito de desacato, apuntando directamente al jefe comunal por no acatar una resolución judicial que le obligaba a solucionar los problemas de accesibilidad del edificio municipal.

El conflicto se origina en la imposibilidad de la concejala de asistir presencialmente a las sesiones del Concejo Municipal debido a que el único ascensor del edificio consistorial se encuentra fuera de servicio. Según relató la propia edil, esta situación se arrastra desde hace meses y las soluciones propuestas por el municipio han sido insuficientes o no cumplen con la normativa vigente.

"Está mal el ascensor", declaró Guissen, quien además recordó una advertencia técnica previa: "el último arreglo que tuvo el ascensor del Consistorial, dijeron que era muy poco probable que si se volvía a echar a perder, lo pudieran reparar porque quedó súper lento. Entonces, claro, no voy a llegar al concejo por esa razón".

La situación escaló al ámbito judicial a principios de año. En febrero, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió un recurso de protección y le otorgó un plazo perentorio de cinco días al alcalde Bertín para implementar las medidas necesarias que garantizaran el acceso universal. Dicha sentencia, según la denunciante, contemplaba diversas alternativas en caso de incumplimiento, incluyendo la aplicación de multas o incluso el arresto.

Al no observar avances concretos, la concejala decidió tomar nuevas acciones. "Yo ayer subí una denuncia a la Contraloría por desacato y que el desacato, tú sabes que es un delito", afirmó enfáticamente. Guissen no descarta continuar la vía judicial y llevar el caso hasta la Corte Suprema, calificando la postura del alcalde como "súper desafiante". "En realidad no quiere no más, sí es eso", sentenció.

Concejala de Osorno acusa al Alcalde de desacato y presenta denuncia en Contraloría

Actualmente, la concejala Guissen se ve forzada a participar en las sesiones de manera telemática, una modalidad que, según describe, limita severamente su labor fiscalizadora y deliberativa. "No hay una proyección de mi pantalla continua para el Concejo y por tanto muchas veces tengo que estar interrumpiendo y finalmente termino siendo una espectadora más, cuando en realidad debiera ser una actora superactiva del diálogo", explicó.

Esta condición, argumenta, no solo es incómoda, sino que contraviene directamente la legislación chilena. "La ley de garantías y derechos de las personas en situación de discapacidad establece que deberemos estar en igualdad de oportunidades y por tanto cuando se me hace esta modalidad virtual no estamos en la misma condición", sostuvo.

Además, la edil invocó la reciente "Ley Karin" para reforzar su punto, señalando que la diferencia de condiciones laborales respecto a sus pares podría constituir un acto de discriminación. "Se constituye un evento de discriminación arbitraria que justamente lo considera esta nueva ley. Así que estaríamos hablando de vulneración de la ley de inclusión que es la 20.422, pero también una vulneración en cuanto a la ley Karin", precisó Guissen.

Con la denuncia ya ingresada en la Contraloría, se espera que el organismo fiscalizador inicie una investigación para determinar si existió efectivamente un incumplimiento deliberado de la sentencia judicial por parte del alcalde Bertín. De confirmarse el desacato, la autoridad comunal se expone a sanciones administrativas y legales. Paralelamente, la concejala Guissen evalúa recurrir nuevamente a la Corte de Apelaciones o escalar el caso a la Corte Suprema, lo que anticipa un escenario de alta tensión política y judicial en el municipio de Osorno durante las próximas semanas. El conflicto pone de relieve las barreras que aún enfrentan las personas en situación de discapacidad para el ejercicio pleno de sus derechos y cargos públicos.

Para entender mejor

  • Contraloría General de la República: Es el máximo órgano de fiscalización del Estado de Chile. Su función es velar por la legalidad de los actos de la Administración Pública, resguardar el patrimonio público y controlar el correcto uso de los fondos fiscales.
  • Corte de Apelaciones: Es un tribunal superior de justicia que conoce los recursos de apelación y de nulidad interpuestos contra las resoluciones de los tribunales inferiores de su jurisdicción. También resuelve recursos de protección y de amparo.
  • Desacato: En términos legales, corresponde al delito que comete una persona que no cumple o desobedece abiertamente una orden o resolución emitida por una autoridad judicial o administrativa con poder para dictarla.
  • Ley N° 20.422 (Ley de Inclusión Social): Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad. Su objetivo principal es asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades de estas personas, con el fin de obtener su plena inclusión social.
  • Ley Karin (Ley N° 21.643): Modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. Establece protocolos obligatorios para los empleadores y amplía el concepto de discriminación en el ámbito laboral.


Fuente información: Álvaro Torres Riobó
Siguiente Anterior
*****