Presidio perpetuo calificado para hombre que violó y abusó de sus dos hijas, hijastra y sobrina

Presidio Perpetuo Calificado para hombre que violó y abusó de sus dos hijas, hijastra y sobrina
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt sentenció a J. L. V., a la pena de presidio perpetuo calificado, la más alta del ordenamiento jurídico chileno. La condena se dictó tras ser declarado culpable como autor de delitos reiterados de violación y abuso sexual en contra de cuatro víctimas, todas menores de 14 años al inicio de los hechos, quienes pertenecían a su círculo familiar más cercano. Los crímenes ocurrieron en un lapso de más de una década, entre 2011 y 2022, y el condenado deberá cumplir un mínimo de 40 años en prisión antes de poder optar a cualquier tipo de beneficio carcelario.

En una de las sentencias más severas dictadas recientemente en la Región de Los Lagos, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt condenó a J. L. V., a la pena de presidio perpetuo calificado. La decisión judicial se fundamentó en la contundente prueba presentada por la Fiscalía Local de Puerto Montt, que acreditó la responsabilidad del sujeto en una serie de delitos de carácter sexual cometidos de manera reiterada durante once años.

Las víctimas fueron cuatro niñas, todas menores de 14 años al momento en que comenzaron los vejámenes. El caso reviste una especial gravedad debido al vínculo de parentesco que el condenado mantenía con ellas: dos eran sus hijas biológicas, una su hijastra y la cuarta, su sobrina. Esta posición de garante y figura de autoridad fue un factor agravante determinante en el proceso. Trágicamente, y como consecuencia del profundo daño causado, una de las víctimas se quitó la vida con posterioridad a la ocurrencia de los abusos, un hecho que fue expuesto durante el juicio para dimensionar la magnitud del mal causado.

El juicio oral se extendió por varias jornadas, durante las cuales el Ministerio Público presentó una robusta carpeta investigativa. Prestaron declaración las víctimas sobrevivientes, cuyo testimonio fue clave para establecer la cronología y naturaleza de los delitos. Junto a ellas, expusieron ante el tribunal funcionarios de la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales (Bridesex) de la Policía de Investigaciones (PDI) de Puerto Montt, quienes estuvieron a cargo de las diligencias para esclarecer los hechos.

Además, la prueba pericial fue fundamental para sustentar la acusación. El tribunal escuchó a peritos del Servicio Médico Legal (SML) y a profesionales del Hospital de Puerto Montt, quienes realizaron los análisis físicos y psicológicos que confirmaron el daño sufrido por las menores. La suma de estos antecedentes permitió al tribunal formar la convicción, más allá de toda duda razonable, de la culpabilidad de Lepicheo Vivar.

Una vez comunicada la sentencia, la Fiscalía de Puerto Montt manifestó su conformidad con el resultado. La fiscal a cargo del caso, Myriam Pérez, valoró la decisión del tribunal. "La pena a la que fue condenado, es la de presidio perpetuo calificado, la sanción más alta que establece nuestra legislación penal y como Fiscalía, como Ministerio Público, estamos conformes, satisfechos con el resultado del juicio, con el resultado de la investigación, desde que se acogieron todos y cada uno de los argumentos del Ministerio Público", señaló la persecutora.

Asimismo, la fiscal Pérez explicó los criterios que, a juicio del Ministerio Público, influyeron en la severidad de la condena. "Entendemos también que en la determinación de la pena el Tribunal tuvo en consideración la pluralidad de delitos, de víctimas, las circunstancias de comisión y especialmente la extensión del mal causado", concluyó.

La sentencia contra José Lepicheo Vivar marca un precedente importante en la persecución de delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes en la zona. La pena de presidio perpetuo calificado implica que el condenado no podrá postular a la libertad condicional ni a otros beneficios hasta haber cumplido, de manera efectiva, 40 años privado de libertad. Cumplido ese plazo, su solicitud sería revisada, pero sin garantía de ser otorgada. Este fallo representa un cierre judicial para un caso que ha causado conmoción por la brutalidad de los hechos y la vulneración de la confianza dentro del propio núcleo familiar.




Fuente información: Álvaro Torres Riobó
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