Tribunal confirma caducidad de la RCA del proyecto Parque Eólico Chiloé
El Segundo Tribunal Ambiental de Santiago ha fallado en contra de la empresa Ecopower, rechazando su reclamación para validar la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) de su proyecto Parque Eólico Chiloé. La sentencia, que valida la decisión previa de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), establece que la empresa no logró acreditar de manera efectiva el inicio de las obras del megaproyecto de US$250 millones, lo que llevó a la caducidad de su permiso ambiental favorable.
El Segundo Tribunal Ambiental, con sede en Santiago, dictó una sentencia clave que confirma la caducidad de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Parque Eólico Chiloé, revirtiendo una decisión previa del Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia. La resolución R-504-2025 rechaza la reclamación de la empresa Ecopower contra la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), validando el acto administrativo de la SMA que dejó sin efecto el permiso ambiental.
La decisión del tribunal, integrado por la ministra Marcela Godoy Flores y los ministros Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos, se centró en la verificación de la "efectividad y autenticidad" de los antecedentes presentados por la empresa para acreditar el inicio de su proyecto en 2020. El fallo, redactado por el ministro López , concluye que la decisión de la SMA "se encuentra debidamente fundada".
La sentencia detalla que el Tribunal constató que varias de las acciones informadas por Ecopower a la autoridad no eran efectivas, sistemáticas ni permanentes, como lo exige el instructivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). Entre los antecedentes falsos o incompletos que se cayeron en la revisión se incluyen la instalación de un container y un letrero, la solicitud de permisos sectoriales (PAS 96 y PAS 102) que no se concretaron, el término por no pago de uno de los contratos de arriendo de predios y el hecho de que la Fundación Parque Eólico Chiloé no se había constituido legalmente en la fecha informada. El Tribunal desestimó las alegaciones de la empresa sobre la supuesta falta de fundamentos de la decisión de la SMA y la vulneración de la confianza legítima.
El proyecto, cuya RCA favorable data de 2015 , consistía en la construcción y operación de 42 aerogeneradores, con una capacidad de 100,8 MW y una inversión estimada de US$250 millones.
Esta causa tiene un largo historial judicial. En 2023, la Superintendencia invalidó su propia resolución de 2020 que había acreditado el inicio de obras, tras una solicitud de invalidación del Centro de Estudio y Conservación del Patrimonio Natural de Chiloé. Posteriormente, Ecopower presentó una reclamación que fue acogida por el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, lo que anuló la decisión de la SMA. Sin embargo, en diciembre de 2024, la Corte Suprema acogió un recurso de casación de la SMA, anulando el fallo de Valdivia y ordenando que la causa fuera revisada por un nuevo tribunal, lo que derivó en la actual sentencia del Segundo Tribunal Ambiental. En la audiencia realizada el 1 de julio de 2025, además de la SMA, participaron como terceros coadyuvantes representantes de la comunidad.
El Segundo Tribunal Ambiental, con sede en Santiago, dictó una sentencia clave que confirma la caducidad de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Parque Eólico Chiloé, revirtiendo una decisión previa del Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia. La resolución R-504-2025 rechaza la reclamación de la empresa Ecopower contra la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), validando el acto administrativo de la SMA que dejó sin efecto el permiso ambiental.
La decisión del tribunal, integrado por la ministra Marcela Godoy Flores y los ministros Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos, se centró en la verificación de la "efectividad y autenticidad" de los antecedentes presentados por la empresa para acreditar el inicio de su proyecto en 2020. El fallo, redactado por el ministro López , concluye que la decisión de la SMA "se encuentra debidamente fundada".
La sentencia detalla que el Tribunal constató que varias de las acciones informadas por Ecopower a la autoridad no eran efectivas, sistemáticas ni permanentes, como lo exige el instructivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). Entre los antecedentes falsos o incompletos que se cayeron en la revisión se incluyen la instalación de un container y un letrero, la solicitud de permisos sectoriales (PAS 96 y PAS 102) que no se concretaron, el término por no pago de uno de los contratos de arriendo de predios y el hecho de que la Fundación Parque Eólico Chiloé no se había constituido legalmente en la fecha informada. El Tribunal desestimó las alegaciones de la empresa sobre la supuesta falta de fundamentos de la decisión de la SMA y la vulneración de la confianza legítima.
El proyecto, cuya RCA favorable data de 2015 , consistía en la construcción y operación de 42 aerogeneradores, con una capacidad de 100,8 MW y una inversión estimada de US$250 millones.
Esta causa tiene un largo historial judicial. En 2023, la Superintendencia invalidó su propia resolución de 2020 que había acreditado el inicio de obras, tras una solicitud de invalidación del Centro de Estudio y Conservación del Patrimonio Natural de Chiloé. Posteriormente, Ecopower presentó una reclamación que fue acogida por el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, lo que anuló la decisión de la SMA. Sin embargo, en diciembre de 2024, la Corte Suprema acogió un recurso de casación de la SMA, anulando el fallo de Valdivia y ordenando que la causa fuera revisada por un nuevo tribunal, lo que derivó en la actual sentencia del Segundo Tribunal Ambiental. En la audiencia realizada el 1 de julio de 2025, además de la SMA, participaron como terceros coadyuvantes representantes de la comunidad.
Fuente información: Agencia MI
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