Corte dicta sentencia de reemplazo: 20 años de presidio para autor de femicidio en Osorno

Corte dicta sentencia de reemplazo: 20 años de presidio para autor de femicidio en Osorno
La Corte de Apelaciones de Valdivia dictó este 1 de diciembre de 2025 una sentencia de reemplazo contra Felipe A. P. H., condenándolo a 20 años de presidio mayor en su grado máximo por el femicidio de Diana Guaina Jerez, ocurrido el 1 de enero de 2023. El tribunal de alzada desestimó la agravante de premeditación vinculada a una supuesta planificación para simular demencia, pero mantuvo la alta penalidad por la gravedad del crimen.

La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia procedió hoy a dictar la sentencia de reemplazo en la causa contra el exfuncionario de Carabineros, Felipe A. P. H, confirmando una pena efectiva de dos décadas de cárcel por su responsabilidad en calidad de autor del delito de femicidio íntimo.

El fallo, redactado por el abogado integrante, surge tras un recurso de nulidad que obligó a revisar la sentencia original dictada el 3 de octubre de 2025 por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno.

El debate sobre la premeditación y la "locura" El punto central de la resolución judicial giró en torno a la circunstancia agravante del artículo 12 N°5 del Código Penal (premeditación). La Corte determinó que no existió prueba directa suficiente para afirmar que Felipe A. P. H "urdió maquinaciones concretas" para fingir una enfermedad mental y así evitar la cárcel.

Si bien se acreditó que el imputado realizó búsquedas en redes sociales sobre la esquizofrenia antes del crimen, los magistrados concluyeron que esto no basta para establecer con certeza que buscaba "la configuración de una eximente de responsabilidad penal".

"La dinámica del crimen [...] en que el victimario y la víctima habían consumido alcohol y drogas, que se desarrolla con momentos de violencia que son grabados por el hechor [...], no muestran un escenario en el que, de alguna forma, el agente hubiese estado diseñando una escena apta para intentar presentarse como perturbado".

Asimismo, el fallo destaca que al momento de ser detenido por funcionarios de Carabineros, el condenado no intentó excusarse aludiendo a alguna alteración mental, lo que debilita la tesis de una planificación previa en ese sentido.

Determinación de la pena Pese a desestimar dicha agravante, el tribunal consideró la extensión del mal causado. Al realizar el cálculo penal, se ponderaron dos atenuantes (irreprochable conducta anterior y colaboración) frente a una agravante que se mantuvo (artículo 12 N°4 del Código Penal).

En virtud de lo anterior, la Corte resolvió condenar a Felipe A. P. H a: 20 años de presidio mayor en su grado máximo; Inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

El fallo fue pronunciado por los ministros Marcia Undurraga Jensen, Karina Ormeño Soto y el abogado integrante Ricardo Hernández Medina.

Fuente información: Agencia MI
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