Movistar y Claro condenadas a pagar millonarias indemnizaciones
Fuente: Conadecus.
La Corte de Apelaciones condenó a la Compañía de Telecomunicaciones de Chile a pagar $932.604.000, como multa por diversas faltas de servicio tales como: interrupciones injustificadas, cobros indebidos y otras materias que implicaron que la Subsecretaría de Telecomunicaciones aplicara sanciones desde los 2007.
Se trata de 12 resoluciones distintas, pero que fueron falladas todas este jueves 16 de diciembre por la Séptima Sala del tribunal capitalino, integrada por los ministros Raúl Rocha, Elsa Barrientos (suplente) y la abogada integrante Regina Clark, por diferentes denuncias hechas por usuarios del sistema en contra de la compañía, a raíz de fallas en el servicio tanto de telefonía celular, como fija.
"Que en la aplicación de la sanción impugnada por la apelante, la Subsecretaría de Telecomunicaciones actuó dentro de las atribuciones que le confiere la ley y, lo expuesto por la apelante en su recurso de apelación y en estrados, señalando haber dado íntegro y total cumplimiento a lo dispuesto en las Resoluciones Exentas citadas, no alteran lo que viene resuelto en cuanto al incumplimiento de lo que éstas instruían", detallan las resoluciones.
Además de la millonaria multa, el tribunal de alzada determinó que la Compañía de Telecomunicaciones de Chile debe cancelar $9.401 por cada día que mantenga los incumplimientos detectados por las sanciones, una vez que la sentencia se encuentra ejecutoriada. La empresa, en todo caso, puede recurrir aún a la Corte Suprema.
La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la empresa de telefonía celular Claro a pagar una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales (equivalentes a $ 376.050) y una indemnización de $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos) por el daño moral provocado a una consumidora, cuyos antecedentes fueron remitidos al boletín comercial Dicom.
En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala del tribunal de alzada Juan Escobar, Dora Mondaca (suplente), y el abogado integrante Enrique Pérez, ratificaron el fallo que ordenó a la empresa cancelar las sumas a Ana María Haydee Valenzuela Venegas. La mujer, en marzo de 2007, solicitó un crédito de consumo en el Banco del Desarrollo, el que le fue negado por aparecer con antecedentes en el boletín comercial, registrando una morosidad de $ 561.000 con la empresa de telefonía.
La Corte de Apelaciones condenó a la Compañía de Telecomunicaciones de Chile a pagar $932.604.000, como multa por diversas faltas de servicio tales como: interrupciones injustificadas, cobros indebidos y otras materias que implicaron que la Subsecretaría de Telecomunicaciones aplicara sanciones desde los 2007.
Se trata de 12 resoluciones distintas, pero que fueron falladas todas este jueves 16 de diciembre por la Séptima Sala del tribunal capitalino, integrada por los ministros Raúl Rocha, Elsa Barrientos (suplente) y la abogada integrante Regina Clark, por diferentes denuncias hechas por usuarios del sistema en contra de la compañía, a raíz de fallas en el servicio tanto de telefonía celular, como fija.
"Que en la aplicación de la sanción impugnada por la apelante, la Subsecretaría de Telecomunicaciones actuó dentro de las atribuciones que le confiere la ley y, lo expuesto por la apelante en su recurso de apelación y en estrados, señalando haber dado íntegro y total cumplimiento a lo dispuesto en las Resoluciones Exentas citadas, no alteran lo que viene resuelto en cuanto al incumplimiento de lo que éstas instruían", detallan las resoluciones.
Además de la millonaria multa, el tribunal de alzada determinó que la Compañía de Telecomunicaciones de Chile debe cancelar $9.401 por cada día que mantenga los incumplimientos detectados por las sanciones, una vez que la sentencia se encuentra ejecutoriada. La empresa, en todo caso, puede recurrir aún a la Corte Suprema.
La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la empresa de telefonía celular Claro a pagar una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales (equivalentes a $ 376.050) y una indemnización de $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos) por el daño moral provocado a una consumidora, cuyos antecedentes fueron remitidos al boletín comercial Dicom.
En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala del tribunal de alzada Juan Escobar, Dora Mondaca (suplente), y el abogado integrante Enrique Pérez, ratificaron el fallo que ordenó a la empresa cancelar las sumas a Ana María Haydee Valenzuela Venegas. La mujer, en marzo de 2007, solicitó un crédito de consumo en el Banco del Desarrollo, el que le fue negado por aparecer con antecedentes en el boletín comercial, registrando una morosidad de $ 561.000 con la empresa de telefonía.