Los colegios deben contar con un protocolo de actuación frente a accidentes escolares

El Director Regional de la Superintendencia de Educación, Víctor Reyes, entregó algunas recomendaciones a las comunidades educativas sobre cómo deben actuar los colegios en caso de que algún alumno o alumna sufra algún accidente al interior de los recintos educacionales.

Reyes explicó que en primer lugar que “todos los establecimientos educacionales deben contar con un protocolo de actuación en su reglamento interno que establezca las acciones a desarrollar frente a la ocurrencia de un accidente escolar y donde debe primar el resguardo por la salud del menor”.

En esta línea, la autoridad regional detalló que los protocolos de actuación deben establecer de manera anticipada las acciones, oportunidad y responsable de la realización de ellas y debe ser ampliamente difundido a toda la comunidad educativa.

“En ningún caso los docentes o algún otro representante de un establecimiento educacional está facultado para determinar la gravedad de un accidente, eso lo deberá hacer un profesional de la salud. Por eso, frente a un incidente deberán llamar a una ambulancia y de no existir alguna disponible, trasladar al menor en algún vehículo particular”, recalcó Reyes, quien agregó “en estos casos se deben velar por la integridad física del alumno o alumna por sobre todas las cosas”.

En lo que va del año se han registrado 4 denuncias por accidentes escolares. Los colegios que no cuenten con un protocolo de actuación o incumplan con este al momento de ocurrir un accidente, se exponen a sanciones por parte de la Superintendencia de Educación.

¿Qué debe contener un protocolo de actuación frente a accidentes escolares?

Se sugiere que el protocolo cuente, a lo menos, con las siguientes menciones:

• Individualización del o los responsable de otorgar las primeras atenciones al accidentado(a).

• Oportunidad en que el Director(a) del establecimiento levantará el Acta del Seguro Escolar, para que el alumno(a) sea beneficiario de dicha atención financiada por el Estado.

• Identificación del centro de asistencial más cercano y redes de atención en general, tales como carabineros, bomberos, seguridad ciudadana, etc.

• Identificación de los alumnos(as) que cuenten con seguros privados de atención.

• Individualización del o los responsables de trasladar al alumno(a) a un centro asistencial, si fuere necesario.

• Identificación del encargado del colegio de comunicar a los padres o apoderados de la ocurrencia del accidente.

• Mantener el registro actualizado de los padres o apoderados con sus números telefónicos y correos electrónicos, debidamente actualizados para informar la ocurrencia de un accidente escolar.

• Cualquier otra acción o dispositivo que permita atender de mejor manera a un alumno(a) víctima de un accidente escolar.

Fuente: Martina Constanza De la Fuente Rivas - martina.delafuente@supereduc.cl
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