Comisión de Salud de la Cámara aprueba fin a preexistencias y nuevo Plan Común de Salud

Comisión de Salud de la Cámara aprueba fin a preexistencias y nuevo Plan Común de Salud
La Comisión de Salud de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó en particular y despachó a la Sala el proyecto de ley que busca una profunda reforma al sistema de Instituciones de Salud Previsional (Isapre). La iniciativa, que tuvo su aprobación en general el 18 de diciembre de 2024 y se fundamenta en un mensaje presidencial, tiene como objetivos centrales poner fin a las enfermedades o condiciones de preexistencia y eliminar las discriminaciones por edad y sexo. Esto se lograría mediante la creación de un Plan Común de Salud con prestaciones y coberturas uniformes, cumpliendo así un compromiso establecido en la denominada "ley corta" y refundiendo mociones parlamentarias previas.

Un paso significativo en la tramitación de la reforma al sistema de Isapres se concretó recientemente en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputadas y Diputados. La instancia legislativa aprobó las normas particulares del proyecto, que ahora pasará a ser discutido y votado por la Sala de la corporación. Esta reforma es considerada fundamental para abordar las históricas problemáticas del sector, buscando principalmente la eliminación de las preexistencias y las discriminaciones por sexo y edad, además de asegurar la viabilidad del sistema.

El proyecto, que fue aprobado en su idea de legislar el pasado 18 de diciembre de 2024, tiene su origen en un mensaje enviado por el Ejecutivo. Este mensaje responde a un compromiso adquirido previamente en la "ley corta", que mandataba abordar estas materias a través de una modificación legal comprehensive. Adicionalmente, la propuesta del Gobierno se fusionó con dos mociones presentadas por diversos grupos de diputados y diputadas, enriqueciendo el debate y las soluciones planteadas.

El corazón de la reforma radica en la creación de un Plan Común de Salud. Este plan contempla un conjunto de prestaciones, beneficios y coberturas que serán uniformes para todas las Isapres. Cada institución de salud previsional podrá comercializar este plan, definiendo la prima correspondiente y la red de prestadores preferentes donde sus beneficiarios podrán acceder a las atenciones. Con este mecanismo, se espera no solo terminar con las discriminaciones mencionadas, sino también ofrecer mayor transparencia y comparabilidad entre las ofertas del mercado.

Detalles del contrato Plan de Salud aprobados


Durante la última sesión de votación en particular, la Comisión de Salud ratificó varias condiciones cruciales que regirán el Contrato Plan de Salud. Entre los puntos más relevantes, se estableció que la cobertura para prestaciones otorgadas fuera de la red preferente del Plan Común de Salud solo se activará si el beneficiario opta voluntariamente por esta alternativa. De esta manera, se impide que las Isapres utilicen esta vía para suplir eventuales insuficiencias en su red de prestadores individualizada en la oferta preferente.

En cuanto a las prestaciones recibidas fuera de la red preferente y que operen mediante reembolso, la normativa aprobada estipula que la Isapre deberá pagarlas conforme a lo establecido en el Plan Común. Este pago no podrá estar supeditado a que los prestadores mantengan convenios vigentes con la institución o estén adscritos a ella, garantizando así mayor flexibilidad para el afiliado.

Otro aspecto importante es la protección al beneficiario frente a cambios en los acuerdos entre Isapres y prestadores. Se instituyó que el término de un convenio entre la Institución de Salud Previsional y un prestador institucional preferente, o cualquier modificación que se introduzca a dichos acuerdos, no afectará el monto del copago que corresponde a los beneficiarios según su plan contratado.

Respecto a la prima del Plan Común de Salud, esta solo podrá experimentar variaciones una vez al año. Una excepción a esta regla será cuando la autoridad competente realice modificaciones a las Garantías Explícitas en Salud (GES), lo que podría gatillar un ajuste en la prima fuera del plazo anual.

Plazos y condiciones para modificaciones al Plan


La normativa respaldada por la comisión también define un calendario y condiciones claras para la adecuación de los planes. Anualmente, cada Isapre tendrá la facultad de ajustar la composición de su red de prestadores preferentes. En esa misma oportunidad, deberán comunicar a sus afiliados cualquier adecuación que la autoridad haya introducido al Plan Común de Salud vigente.

Concretamente, se fijó el mes de junio de cada año como el periodo en que las Instituciones de Salud Previsional podrán modificar la prima de su Plan Común de Salud y la red de prestadores preferentes que comercializan. Para asegurar la debida información a los usuarios, se estableció que las Isapres deberán comunicar los nuevos precios y los eventuales cambios en la red preferente a sus afiliados dentro de los primeros cinco días del mes de marzo de cada año.

Frente a estas modificaciones, el afiliado tendrá un plazo para tomar una decisión: podrá aceptar las nuevas condiciones contractuales o, si no está de acuerdo, desahuciar el contrato antes del inicio del mes de junio, permitiéndole buscar otras alternativas en el sistema.

Finalmente, un requisito clave para que las Isapres puedan efectuar una variación en la prima del Plan Común de Salud que comercializan es el cumplimiento de exigencias relacionadas con metas de salud preventivas. Este punto busca incentivar un enfoque proactivo en la gestión de la salud de los afiliados por parte de las aseguradoras.

Proyección del hecho


Tras su despacho desde la Comisión de Salud, el proyecto de reforma a las Isapres iniciará su discusión en la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados en una fecha próxima a ser definida. En esta instancia, el pleno de la Cámara debatirá y votará tanto la idea de legislar (ya aprobada en comisión) como cada uno de los artículos visados. Posteriormente, y de ser aprobado en esta instancia, deberá continuar su trámite constitucional en el Senado, donde será nuevamente revisado por comisiones especializadas y el pleno de la Cámara Alta antes de convertirse en ley. Esta reforma es observada con atención por diversos sectores, dada su potencial para reconfigurar el funcionamiento del aseguramiento privado de salud en Chile.


Fuente información: https://www.camara.cl/prensa/prensa_cms.aspx
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