Pacientes oncológicos terminales enfrentan críticas dificultades para acceder a morfina
Una grave situación enfrentan pacientes oncológicos terminales en Chile, particularmente aquellos afiliados a ISAPREs en regiones, debido a las crecientes dificultades para acceder a morfina en ampollas, un medicamento esencial para el manejo del dolor en cuidados paliativos domiciliarios. El caso de un paciente en Antofagasta, cuya familia debió viajar a Santiago para adquirir el fármaco, ha encendido las alarmas sobre posibles fallas sistémicas en la cadena de suministro, complejidades regulatorias y una aparente desconexión entre la cobertura teórica de salud y el acceso real al tratamiento, vulnerando el derecho a un final de vida digno y el espíritu de la Ley de Cuidados Paliativos Universales.
La carta enviada por el Dr. Alejandro Santini Blasco al diario El Mercurio, denunciando la odisea de una familia de Antofagasta para conseguir morfina en ampollas para un paciente oncológico terminal afiliado a una ISAPRE, ha puesto en cruda evidencia una problemática que podría estar extendiéndose a nivel nacional. Según la misiva, la familia recorrió "infructuosamente todas las farmacias de la ciudad" y, ante la imposibilidad de encontrar el analgésico, un familiar tuvo que viajar a Santiago, ya que "este tipo de medicamentos no se puede enviar por Courier".
Esta situación particular subraya una preocupante realidad: la aparente falla del sistema para proveer un medicamento indispensable para el alivio del sufrimiento en el hogar, tal como lo promueve la Ley N° 21.375 de Cuidados Paliativos Universales. La denuncia desde Antofagasta es elocuente: "Hoy en día no hay una farmacia que suministre morfina en ampollas para pacientes de ISAPRES en la ciudad, solo es factible para pacientes hospitalizados". Esta afirmación sugiere una brecha crítica, obligando a los pacientes y sus familias a una elección inhumana: "morir sin dolor pero hospitalizado, o morir en la casa junto con los seres queridos pero con dolor".
La morfina es reconocida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como un pilar en el tratamiento del dolor oncológico de moderado a intenso, incluido en su Lista Modelo de Medicamentos Esenciales. Se estima que un 66% de los pacientes con cáncer en etapa avanzada experimentan dolor, lo que dimensiona la necesidad de analgesia efectiva. La OMS establece que los gobiernos tienen la obligación de asegurar su disponibilidad y acceso en todos los niveles de atención sanitaria. La dificultad para acceder a este fármaco esencial contrasta con estos mandatos internacionales y las políticas nacionales, sugiriendo disfunciones en la adquisición, distribución o regulación.
Diversos factores contribuyen a esta crisis de acceso. A nivel de farmacias comunitarias, especialmente en regiones, se observa una reticencia a mantener stock de morfina en ampollas. Esto se debería a que es considerado un medicamento de "muy baja rotación", lo que, sumado al temor a pérdidas por vencimiento y a los estrictos requisitos de almacenamiento y registro bajo el Decreto Supremo N° 404 (Reglamento de Estupefacientes), desincentiva su disponibilidad para pacientes ambulatorios de ISAPRE.
La regulación en torno a la "Receta Cheque" también impone una carga considerable. Este es un formulario oficial y controlado que el propio médico tratante debe adquirir en la SEREMI correspondiente, donde cada talonario, que contiene 100 recetas, tiene un costo aproximado de 23 mil pesos. La receta debe ser extendida íntegramente de puño y letra por el profesional, sin enmiendas, y los envases no pueden contener más de 12 unidades posológicas. Para pacientes en fase terminal, con movilidad reducida, la necesidad de obtener frecuentemente una nueva receta física se convierte en una barrera logística y emocional. Durante la pandemia de COVID-19, incluso se propuso aceptar temporalmente fotografías de recetas, evidenciando la rigidez del sistema actual.
Otro obstáculo crítico son las restricciones de transporte. La afirmación de que la morfina "no se puede enviar por Courier" se sustenta en normativas como la de Correos de Chile, que prohíbe el envío de estupefacientes salvo que se establezca que están destinados "a fines exclusivamente medicinales", una excepción que en la práctica resulta de difícil operativización para pacientes individuales. Esta situación aísla a pacientes en regiones, obligando a costosos y difíciles viajes interurbanos.
El sistema de Garantías Explícitas en Salud (GES) incluye el "Alivio del Dolor por Cáncer Avanzado y Cuidados Paliativos" (Problema de Salud N°4), que garantiza el acceso a "medicamentos" tanto para afiliados de FONASA como de ISAPREs, con un copago del 20% del arancel de referencia para estos últimos (por ejemplo, $22.520 para una prestación de $112.590). La garantía de oportunidad establece que el tratamiento debe iniciarse dentro de los 5 días siguientes a la confirmación diagnóstica.
Sin embargo, la cobertura teórica de "medicamentos" por GES no asegura el acceso efectivo a formulaciones específicas como la morfina en ampollas para uso domiciliario si no hay disponibilidad física en la red de farmacias de la ISAPRE. La Superintendencia de Salud ha instruido a las ISAPREs que deben contar con una "farmacia de respaldo" y coordinar el envío inmediato al domicilio del beneficiario sin costo adicional si el fármaco GES no está disponible. A pesar de ello, el caso de Antofagasta y fiscalizaciones previas que han detectado irregularidades en la entrega de medicamentos GES por parte de ISAPREs sugieren que el cumplimiento de estas directrices es deficiente o presenta fallas significativas. La logística de la "Receta Cheque" física complica adicionalmente la entrega domiciliaria de estos fármacos controlados.
La situación en Antofagasta es vista como un caso emblemático de las inequidades en el acceso a medicamentos esenciales fuera de Santiago. Las regiones pueden carecer de una masa crítica de farmacias dispuestas a gestionar opioides para una población ambulatoria de ISAPRE más dispersa, llevando a escenarios de "solo disponible en hospital" o a una total ausencia de suministro local. Estudios indican que fuera de la Región Metropolitana hay un mayor uso de la red pública para obtener fármacos y una menor compra privada, lo que podría desincentivar a las farmacias privadas regionales a mantener stock de medicamentos especializados de baja rotación para un segmento de demanda reducido.
Esta compleja trama de barreras no solo genera un sufrimiento evitable, sino que también atenta contra los principios de la Ley de Cuidados Paliativos Universales, que busca priorizar la atención en el domicilio del paciente. La falta de acceso a morfina en el hogar puede obligar a hospitalizaciones no deseadas, contraviniendo el derecho del paciente a decidir dónde pasar sus últimos días.
La crítica situación de acceso a la morfina en ampollas para pacientes oncológicos terminales en Chile, especialmente en el ámbito domiciliario y para usuarios de ISAPREs en regiones, evidencia la necesidad urgente de una revisión y acción coordinada por parte de las autoridades sanitarias, las aseguradoras y los proveedores farmacéuticos. Garantizar la disponibilidad real de estos medicamentos esenciales, simplificar los procesos burocráticos sin comprometer la seguridad y asegurar el cumplimiento efectivo de las coberturas GES son pasos cruciales. De lo contrario, el derecho a un final de vida digno y sin dolor, preferentemente en el entorno familiar, seguirá siendo una promesa incumplida para muchos chilenos, perpetuando una crisis silenciosa que demanda soluciones concretas e inmediatas. La fiscalización proactiva y el desarrollo de protocolos claros para el suministro y transporte de estos fármacos controlados se perfilan como tareas impostergables.
Fuente información: Agencia MI
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La carta enviada por el Dr. Alejandro Santini Blasco al diario El Mercurio, denunciando la odisea de una familia de Antofagasta para conseguir morfina en ampollas para un paciente oncológico terminal afiliado a una ISAPRE, ha puesto en cruda evidencia una problemática que podría estar extendiéndose a nivel nacional. Según la misiva, la familia recorrió "infructuosamente todas las farmacias de la ciudad" y, ante la imposibilidad de encontrar el analgésico, un familiar tuvo que viajar a Santiago, ya que "este tipo de medicamentos no se puede enviar por Courier".
Esta situación particular subraya una preocupante realidad: la aparente falla del sistema para proveer un medicamento indispensable para el alivio del sufrimiento en el hogar, tal como lo promueve la Ley N° 21.375 de Cuidados Paliativos Universales. La denuncia desde Antofagasta es elocuente: "Hoy en día no hay una farmacia que suministre morfina en ampollas para pacientes de ISAPRES en la ciudad, solo es factible para pacientes hospitalizados". Esta afirmación sugiere una brecha crítica, obligando a los pacientes y sus familias a una elección inhumana: "morir sin dolor pero hospitalizado, o morir en la casa junto con los seres queridos pero con dolor".
La morfina es reconocida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como un pilar en el tratamiento del dolor oncológico de moderado a intenso, incluido en su Lista Modelo de Medicamentos Esenciales. Se estima que un 66% de los pacientes con cáncer en etapa avanzada experimentan dolor, lo que dimensiona la necesidad de analgesia efectiva. La OMS establece que los gobiernos tienen la obligación de asegurar su disponibilidad y acceso en todos los niveles de atención sanitaria. La dificultad para acceder a este fármaco esencial contrasta con estos mandatos internacionales y las políticas nacionales, sugiriendo disfunciones en la adquisición, distribución o regulación.
Múltiples barreras sistémicas
Diversos factores contribuyen a esta crisis de acceso. A nivel de farmacias comunitarias, especialmente en regiones, se observa una reticencia a mantener stock de morfina en ampollas. Esto se debería a que es considerado un medicamento de "muy baja rotación", lo que, sumado al temor a pérdidas por vencimiento y a los estrictos requisitos de almacenamiento y registro bajo el Decreto Supremo N° 404 (Reglamento de Estupefacientes), desincentiva su disponibilidad para pacientes ambulatorios de ISAPRE.
La regulación en torno a la "Receta Cheque" también impone una carga considerable. Este es un formulario oficial y controlado que el propio médico tratante debe adquirir en la SEREMI correspondiente, donde cada talonario, que contiene 100 recetas, tiene un costo aproximado de 23 mil pesos. La receta debe ser extendida íntegramente de puño y letra por el profesional, sin enmiendas, y los envases no pueden contener más de 12 unidades posológicas. Para pacientes en fase terminal, con movilidad reducida, la necesidad de obtener frecuentemente una nueva receta física se convierte en una barrera logística y emocional. Durante la pandemia de COVID-19, incluso se propuso aceptar temporalmente fotografías de recetas, evidenciando la rigidez del sistema actual.
Otro obstáculo crítico son las restricciones de transporte. La afirmación de que la morfina "no se puede enviar por Courier" se sustenta en normativas como la de Correos de Chile, que prohíbe el envío de estupefacientes salvo que se establezca que están destinados "a fines exclusivamente medicinales", una excepción que en la práctica resulta de difícil operativización para pacientes individuales. Esta situación aísla a pacientes en regiones, obligando a costosos y difíciles viajes interurbanos.
Responsabilidad de las aseguradoras y cobertura GES
El sistema de Garantías Explícitas en Salud (GES) incluye el "Alivio del Dolor por Cáncer Avanzado y Cuidados Paliativos" (Problema de Salud N°4), que garantiza el acceso a "medicamentos" tanto para afiliados de FONASA como de ISAPREs, con un copago del 20% del arancel de referencia para estos últimos (por ejemplo, $22.520 para una prestación de $112.590). La garantía de oportunidad establece que el tratamiento debe iniciarse dentro de los 5 días siguientes a la confirmación diagnóstica.
Sin embargo, la cobertura teórica de "medicamentos" por GES no asegura el acceso efectivo a formulaciones específicas como la morfina en ampollas para uso domiciliario si no hay disponibilidad física en la red de farmacias de la ISAPRE. La Superintendencia de Salud ha instruido a las ISAPREs que deben contar con una "farmacia de respaldo" y coordinar el envío inmediato al domicilio del beneficiario sin costo adicional si el fármaco GES no está disponible. A pesar de ello, el caso de Antofagasta y fiscalizaciones previas que han detectado irregularidades en la entrega de medicamentos GES por parte de ISAPREs sugieren que el cumplimiento de estas directrices es deficiente o presenta fallas significativas. La logística de la "Receta Cheque" física complica adicionalmente la entrega domiciliaria de estos fármacos controlados.
Disparidades regionales y el impacto en el cuidado domiciliario
La situación en Antofagasta es vista como un caso emblemático de las inequidades en el acceso a medicamentos esenciales fuera de Santiago. Las regiones pueden carecer de una masa crítica de farmacias dispuestas a gestionar opioides para una población ambulatoria de ISAPRE más dispersa, llevando a escenarios de "solo disponible en hospital" o a una total ausencia de suministro local. Estudios indican que fuera de la Región Metropolitana hay un mayor uso de la red pública para obtener fármacos y una menor compra privada, lo que podría desincentivar a las farmacias privadas regionales a mantener stock de medicamentos especializados de baja rotación para un segmento de demanda reducido.
Esta compleja trama de barreras no solo genera un sufrimiento evitable, sino que también atenta contra los principios de la Ley de Cuidados Paliativos Universales, que busca priorizar la atención en el domicilio del paciente. La falta de acceso a morfina en el hogar puede obligar a hospitalizaciones no deseadas, contraviniendo el derecho del paciente a decidir dónde pasar sus últimos días.
La crítica situación de acceso a la morfina en ampollas para pacientes oncológicos terminales en Chile, especialmente en el ámbito domiciliario y para usuarios de ISAPREs en regiones, evidencia la necesidad urgente de una revisión y acción coordinada por parte de las autoridades sanitarias, las aseguradoras y los proveedores farmacéuticos. Garantizar la disponibilidad real de estos medicamentos esenciales, simplificar los procesos burocráticos sin comprometer la seguridad y asegurar el cumplimiento efectivo de las coberturas GES son pasos cruciales. De lo contrario, el derecho a un final de vida digno y sin dolor, preferentemente en el entorno familiar, seguirá siendo una promesa incumplida para muchos chilenos, perpetuando una crisis silenciosa que demanda soluciones concretas e inmediatas. La fiscalización proactiva y el desarrollo de protocolos claros para el suministro y transporte de estos fármacos controlados se perfilan como tareas impostergables.
Para entender mejor
- ISAPRE: Institución de Salud Previsional. Son aseguradoras privadas de salud en Chile.
- GES: Garantías Explícitas en Salud. Es un conjunto de beneficios de salud garantizados por ley para las personas afiliadas a FONASA e ISAPREs, que asegura acceso, oportunidad, protección financiera y calidad para un listado priorizado de problemas de salud.
- CENABAST: Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud. Organismo público encargado de las compras y distribución de medicamentos e insumos para el sector público de salud, con facultades para intermediar hacia farmacias privadas.
- Receta Cheque: Formulario oficial y controlado, impreso por la Casa de Moneda y que los médicos deben adquirir en la SEREMI (Secretaría Regional Ministerial de Salud) correspondiente para prescribir productos estupefacientes y algunos psicotrópicos. Cada talonario contiene 100 formularios y tiene un costo aproximado de 23 mil pesos.
- MINSAL: Ministerio de Salud de Chile.
- ISP: Instituto de Salud Pública de Chile. Autoridad reguladora de medicamentos y otros productos sanitarios.
- FONASA: Fondo Nacional de Salud. Es el seguro público de salud en Chile. Decreto Supremo N° 404: Reglamento de Estupefacientes del Ministerio de Salud, que norma la producción, distribución, prescripción y dispensación de estas sustancias.
- Ley N° 21.375: Ley que consagra los Cuidados Paliativos Universales, buscando garantizar el acceso a estos cuidados para personas con enfermedades terminales o graves, con un énfasis en la atención domiciliaria.
- OMS: Organización Mundial de la Salud.
- SEREMI: Secretaría Regional Ministerial. Representación del Ministerio (en este caso, de Salud) en cada región del país.
Fuente información: Agencia MI
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