Tensión en Hospital de Osorno: Jefe jurídico presenta querella por injurias y calumnias contra cinco dirigentes de FENPRUSS
El jefe del Departamento Jurídico del Hospital Base San José de Osorno interpuso una querella penal por los delitos de calumnias con publicidad e injurias graves escritas en contra de cinco dirigentes locales de la Federación Nacional de Profesionales Universitarios de los Servicios de Salud (FENPRUSS). La acción legal, ya declarada admisible por el Juzgado de Garantía de Osorno, se origina a raíz de una declaración pública emitida por los dirigentes gremiales que contendría acusaciones de extrema gravedad contra la gestión del funcionario, calificadas por el querellante como "maliciosas" y carentes de sustento. El tribunal fijó una audiencia de conciliación y preparación de juicio para el próximo 16 de junio de 2025.
Un complejo escenario de conflicto interno se ha desatado en el Hospital Base San José de Osorno, principal centro asistencial de la provincia. La controversia se centra en una querella penal presentada por el jefe del Departamento Jurídico del establecimiento en contra de cinco dirigentes del estamento profesional, específicamente de la base Osorno de la Federación Nacional de Profesionales Universitarios de los Servicios de Salud (FENPRUSS).
Los hechos que motivaron la acción judicial se remontan a la emisión y difusión de una declaración pública por parte de los cinco querellados, todos funcionarios públicos y representantes gremiales. Dicho documento, titulado “Declaración de FENPRUSS ante irregularidades en el Departamento Jurídico”, habría contenido, según la querella, una serie de imputaciones consideradas de "extrema gravedad" dirigidas a cuestionar la gestión del abogado jefe de la unidad jurídica del hospital, identificado en la causa como Currieco Pavie.
De acuerdo con los antecedentes expuestos en la querella, la declaración no solo circuló internamente en el recinto hospitalario, sino que también fue remitida formalmente al Ministerio de Salud (MINSAL). Este envío se habría materializado mediante un Ordinario, documento oficial de la administración pública, el cual habría sido firmado por el director subrogante del propio Hospital San José. En este comunicado se atribuirían al funcionario querellante presuntos hechos constitutivos de delito, entre ellos, un supuesto encubrimiento de acosadores sexuales, la comisión de omisiones dolosas (es decir, intencionales) y la existencia de un presunto “círculo de poder” destinado a proteger conductas ilícitas al interior del hospital.
La querella, patrocinada por el abogado penalista privado Carlos Salazar Salazar, sostiene enfáticamente que todas estas imputaciones “carecen absolutamente de sustento fáctico, y fueron proferidas de manera maliciosa, con pleno conocimiento de su falsedad”. El libelo argumenta que estas afirmaciones han afectado gravemente la honra, la imagen profesional y la integridad institucional del funcionario aludido.
En este sentido, el abogado Salazar fue categórico al señalar la postura de su representado: “La honra de un funcionario público no es un bien prescindible ni negociable”. Profundizó su análisis indicando que “estamos ante un caso paradigmático donde el legítimo rol fiscalizador de un gremio se ha transformado en una herramienta para propalar afirmaciones infundadas, dañinas y difamatorias, que no solo lesionan a una persona, sino que erosionan la confianza pública en el propio hospital y en el servicio de salud”.
La acción penal ya superó el primer filtro judicial. El Juzgado de Garantía de Osorno la declaró admisible, lo que significa que cumple con los requisitos formales para iniciar su tramitación. En consecuencia, el tribunal agendó una audiencia clave para el día lunes 16 de junio de 2025, a las 10:00 horas, la cual se desarrollará en la sala Nº 1 del mencionado juzgado.
Esta audiencia tiene un doble propósito: en primer lugar, explorar la posibilidad de una conciliación entre las partes, es decir, un acuerdo que ponga fin al litigio. En caso de que no se alcance dicho acuerdo, se procederá de inmediato con la preparación del juicio, el cual se tramitará bajo las reglas del procedimiento simplificado, una vía procesal más expedita para delitos de menor gravedad o donde la investigación ya se considera suficiente.
Paralelamente, la parte querellante ha solicitado al Ministerio Público la realización de una serie de diligencias investigativas con el objetivo de robustecer su caso. Entre ellas, destaca la petición de citar a declarar en calidad de testigos al director titular del Hospital Base San José de Osorno y a la subdirectora médica del mismo establecimiento. Además, se ha requerido la entrega de documentación oficial relevante, tanto al Ministerio de Salud como a las directivas nacional y local de FENPRUSS, buscando con ello acreditar fehacientemente la difusión y el impacto de la declaración considerada injuriosa y calumniosa.
Este caso judicial instala en el debate público local y del sector salud la delicada tensión existente entre dos derechos fundamentales: la libertad de expresión, ejercida en este caso por una organización gremial en su rol fiscalizador, y el derecho al honor y la protección de la imagen de los funcionarios públicos.
La situación es particularmente sensible al ocurrir dentro de un hospital público, una institución crucial para la comunidad. Las acusaciones vertidas, especialmente aquellas relacionadas con encubrimiento de acoso sexual y protección de ilícitos, tocan fibras muy sensibles tanto para el personal como para los usuarios del sistema de salud.
Observadores del ámbito sanitario y jurídico anticipan que la resolución de este conflicto podría sentar un precedente importante respecto a cómo se dirimen las disputas entre asociaciones de funcionarios y las jefaturas o directivos dentro de los servicios de salud. Define, en la práctica, los límites y responsabilidades asociados al ejercicio de la crítica gremial, especialmente cuando esta incluye imputaciones que podrían revestir carácter de delito y afectar la honra de las personas. La forma en que el sistema judicial pondere estos derechos en colisión será clave para las futuras relaciones laborales y la gobernanza interna de los hospitales públicos.
El desarrollo del proceso judicial en las próximas semanas, comenzando por la audiencia de junio, será seguido con atención, no solo por las partes directamente involucradas, sino por el conjunto de la comunidad hospitalaria y los actores del sistema de salud regional y nacional. El resultado definirá si las expresiones vertidas por los dirigentes se enmarcaron en un ejercicio legítimo de la libertad sindical o si, por el contrario, constituyeron delitos contra el honor que acarrean consecuencias penales.
Fuente información: Agencia MI
Un complejo escenario de conflicto interno se ha desatado en el Hospital Base San José de Osorno, principal centro asistencial de la provincia. La controversia se centra en una querella penal presentada por el jefe del Departamento Jurídico del establecimiento en contra de cinco dirigentes del estamento profesional, específicamente de la base Osorno de la Federación Nacional de Profesionales Universitarios de los Servicios de Salud (FENPRUSS).
Los hechos que motivaron la acción judicial se remontan a la emisión y difusión de una declaración pública por parte de los cinco querellados, todos funcionarios públicos y representantes gremiales. Dicho documento, titulado “Declaración de FENPRUSS ante irregularidades en el Departamento Jurídico”, habría contenido, según la querella, una serie de imputaciones consideradas de "extrema gravedad" dirigidas a cuestionar la gestión del abogado jefe de la unidad jurídica del hospital, identificado en la causa como Currieco Pavie.
De acuerdo con los antecedentes expuestos en la querella, la declaración no solo circuló internamente en el recinto hospitalario, sino que también fue remitida formalmente al Ministerio de Salud (MINSAL). Este envío se habría materializado mediante un Ordinario, documento oficial de la administración pública, el cual habría sido firmado por el director subrogante del propio Hospital San José. En este comunicado se atribuirían al funcionario querellante presuntos hechos constitutivos de delito, entre ellos, un supuesto encubrimiento de acosadores sexuales, la comisión de omisiones dolosas (es decir, intencionales) y la existencia de un presunto “círculo de poder” destinado a proteger conductas ilícitas al interior del hospital.
La querella, patrocinada por el abogado penalista privado Carlos Salazar Salazar, sostiene enfáticamente que todas estas imputaciones “carecen absolutamente de sustento fáctico, y fueron proferidas de manera maliciosa, con pleno conocimiento de su falsedad”. El libelo argumenta que estas afirmaciones han afectado gravemente la honra, la imagen profesional y la integridad institucional del funcionario aludido.
En este sentido, el abogado Salazar fue categórico al señalar la postura de su representado: “La honra de un funcionario público no es un bien prescindible ni negociable”. Profundizó su análisis indicando que “estamos ante un caso paradigmático donde el legítimo rol fiscalizador de un gremio se ha transformado en una herramienta para propalar afirmaciones infundadas, dañinas y difamatorias, que no solo lesionan a una persona, sino que erosionan la confianza pública en el propio hospital y en el servicio de salud”.
Avances judiciales y próximos pasos
La acción penal ya superó el primer filtro judicial. El Juzgado de Garantía de Osorno la declaró admisible, lo que significa que cumple con los requisitos formales para iniciar su tramitación. En consecuencia, el tribunal agendó una audiencia clave para el día lunes 16 de junio de 2025, a las 10:00 horas, la cual se desarrollará en la sala Nº 1 del mencionado juzgado.
Esta audiencia tiene un doble propósito: en primer lugar, explorar la posibilidad de una conciliación entre las partes, es decir, un acuerdo que ponga fin al litigio. En caso de que no se alcance dicho acuerdo, se procederá de inmediato con la preparación del juicio, el cual se tramitará bajo las reglas del procedimiento simplificado, una vía procesal más expedita para delitos de menor gravedad o donde la investigación ya se considera suficiente.
Paralelamente, la parte querellante ha solicitado al Ministerio Público la realización de una serie de diligencias investigativas con el objetivo de robustecer su caso. Entre ellas, destaca la petición de citar a declarar en calidad de testigos al director titular del Hospital Base San José de Osorno y a la subdirectora médica del mismo establecimiento. Además, se ha requerido la entrega de documentación oficial relevante, tanto al Ministerio de Salud como a las directivas nacional y local de FENPRUSS, buscando con ello acreditar fehacientemente la difusión y el impacto de la declaración considerada injuriosa y calumniosa.
Implicancias del conflicto
Este caso judicial instala en el debate público local y del sector salud la delicada tensión existente entre dos derechos fundamentales: la libertad de expresión, ejercida en este caso por una organización gremial en su rol fiscalizador, y el derecho al honor y la protección de la imagen de los funcionarios públicos.
La situación es particularmente sensible al ocurrir dentro de un hospital público, una institución crucial para la comunidad. Las acusaciones vertidas, especialmente aquellas relacionadas con encubrimiento de acoso sexual y protección de ilícitos, tocan fibras muy sensibles tanto para el personal como para los usuarios del sistema de salud.
Observadores del ámbito sanitario y jurídico anticipan que la resolución de este conflicto podría sentar un precedente importante respecto a cómo se dirimen las disputas entre asociaciones de funcionarios y las jefaturas o directivos dentro de los servicios de salud. Define, en la práctica, los límites y responsabilidades asociados al ejercicio de la crítica gremial, especialmente cuando esta incluye imputaciones que podrían revestir carácter de delito y afectar la honra de las personas. La forma en que el sistema judicial pondere estos derechos en colisión será clave para las futuras relaciones laborales y la gobernanza interna de los hospitales públicos.
El desarrollo del proceso judicial en las próximas semanas, comenzando por la audiencia de junio, será seguido con atención, no solo por las partes directamente involucradas, sino por el conjunto de la comunidad hospitalaria y los actores del sistema de salud regional y nacional. El resultado definirá si las expresiones vertidas por los dirigentes se enmarcaron en un ejercicio legítimo de la libertad sindical o si, por el contrario, constituyeron delitos contra el honor que acarrean consecuencias penales.
Para entender mejor
- Querella Penal: Es una acción judicial que puede ejercer la víctima de un delito (o ciertos legitimados) para perseguir penalmente al presunto autor. A diferencia de la denuncia, quien interpone la querella se convierte en parte activa del proceso.
- Calumnias con Publicidad: Es la imputación falsa de un delito a una persona, realizada a través de medios que le dan difusión pública (prensa, redes sociales, declaraciones masivas, etcétera).
- Injurias Graves Escritas: Son expresiones o acciones ejecutadas por escrito que deshonran, desacreditan o menosprecian gravemente a otra persona. La gravedad la determina el tribunal considerando el contexto y el contenido.
- FENPRUSS (Federación Nacional de Profesionales Universitarios de los Servicios de Salud): Es una organización sindical chilena que agrupa a profesionales universitarios (no médicos) que trabajan en los servicios de salud públicos del país.
- Ordinario (Ord.): Documento oficial utilizado en la administración pública chilena para comunicaciones formales entre distintas reparticiones o con entidades externas.
- Juzgado de Garantía: Tribunal penal chileno encargado de asegurar los derechos del imputado y de la víctima durante la etapa de investigación, así como de resolver sobre medidas cautelares y realizar las audiencias preliminares (control de detención, formalización, preparación de juicio, etcétera).
- Procedimiento Simplificado: Tipo de proceso penal aplicable a delitos con penas menores o en casos de flagrancia donde la investigación es más acotada. Es más rápido que el procedimiento ordinario.
- Ministerio Público (Fiscalía): Organismo autónomo encargado de dirigir la investigación de los delitos, ejercer la acción penal pública y proteger a víctimas y testigos en Chile.
- Conciliación: Etapa procesal donde se busca que las partes lleguen a un acuerdo amistoso para poner fin al conflicto, evitando llegar a juicio.
Fuente información: Agencia MI