Impunidad de la colusión y los vacíos en la Ley del Consumidor

Por: Hernán Calderón R, Presidente de CONADECUS.

Después de la indignación de los consumidores por la colusión de las farmacias acaecida el año pasado y de una compensación autoimpuesta más aparente que real, todo indica que la colusión en Chile es algo habitual y fácil en mercados con pocas empresas en un mismo rubro. En la colusión de las farmacias fue suficiente que las tres cadenas que controlan el mercado farmacéutico se pusieran de acuerdo, para perjudicar a los consumidores con el alza de precios de 200 medicamentos.

Ahora la demanda de colusión afecta a las multinacionales Whirlpool y Tecumseh do Brasil, proveedoras de compresores sellados que venden a los productores nacionales equipos de refrigeración. Su colusión para subir el valor de esos componentes ha afectado en casi un 20% en el valor final de los productos. Tecumseh, por su parte, ha optado por acogerse a la delación compensada en Chile, reconociendo el hecho y entregando antecedentes. La FNE está solicitando al Tribunal de la Libre Competencia una multa para Whirlpool de US$13 millones dólares, y eximir de multa a Temcuseh por su colaboración en denunciar este cartel.

La empresa norteamericana Whirlpool y la empresa brasileña Temcuseh tienen una posición dominante en el mercado latinoamericano como proveedores de compresores para refrigeración desde el año 2004 y han subido el valor de estos componentes en más de un 80% causando en este período un daño a los consumidores difícil de evaluar y compensar. En Brasil fue Whirlpool la que optó por acogerse a la delación compensada y pagará una multa de US$ 53 millones de dólares.

Este nuevo atentado contra los consumidores, indica que es necesario incorporar en la ley de defensa del consumidor y en las demandas colectivas las infracciones a la libre competencia, incluyendo la colusión que actualmente no están contempladas.

Conadecus ha propuesto que en casos que sea difícil determinar el monto del daño causado a cada consumidor, típico en casos de interés difuso, sea un juez el que determine el monto del daño causado al conjunto de los afectados y la forma de compensar a cada consumidor individualmente. Resulta también indispensable modificar nuestra legislación para que las multas por este tipo de infracciones, que hoy van a beneficio del Estado, puedan ir al fortalecimiento de las Asociaciones de Consumidores incrementando el actual Fondo Concursable que ha resultado insuficiente para asegurar la vida y funcionamiento de las 84 asociaciones ya existentes a través del país.

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