Senado aprueba reajuste del Salario Mínimo y proyecto avanza a tercer trámite
La Sala del Senado de Chile aprobó por unanimidad y despachó a su tercer trámite constitucional en la Cámara de Diputadas y Diputados el proyecto de ley que establece un reajuste escalonado del salario mínimo. La iniciativa, que actualmente fija el ingreso base en $510.636, contempla un aumento a $529.000 a partir del 1 de mayo de 2025 y un segundo incremento a $539.000 desde el 1 de enero de 2026. El objetivo fundamental es mantener el poder adquisitivo de los trabajadores y asegurar que ningún empleado que perciba el sueldo mínimo se encuentre por debajo de la línea de la pobreza, según han destacado autoridades gubernamentales.
En una sesión clave para la agenda laboral del país, la Sala del Senado respaldó de forma unánime el proyecto de ley que propone un nuevo reajuste al salario mínimo mensual. La iniciativa, identificada con el Boletín N° 17508-05, ahora deberá regresar a la Cámara de Diputadas y Diputados para su tercer trámite constitucional, donde se revisarán las enmiendas introducidas por la Cámara Alta.
El actual salario mínimo general se sitúa en $510.636. Con la aprobación senatorial, el primer incremento lo elevaría a $529.000 a contar del 1 de mayo de 2025. Posteriormente, un segundo ajuste está programado para el 1 de enero de 2026, fecha en la que el ingreso mínimo alcanzaría los $539.000.
Durante el debate en el hemiciclo, el Ministro de Hacienda, Mario Marcel, tomó la palabra para resaltar la importancia de esta legislación. Según el secretario de Estado, "el proyecto completa un ciclo de acuerdos con organizaciones de trabajadores, constituyendo una política de ingresos con criterios definidos". Esta visión subraya el esfuerzo del Ejecutivo por establecer mecanismos previsibles y consensuados para la determinación de las remuneraciones mínimas.
Por su parte, el Ministro del Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo, enfatizó el cumplimiento de uno de los compromisos programáticos del Presidente Gabriel Boric. Boccardo recordó que el objetivo era alcanzar un salario mínimo de $500.000, cifra que, con los nuevos montos propuestos, no solo se alcanza, sino que se supera, buscando además "mantener el poder de compra" de los sueldos más bajos frente al escenario inflacionario.
La propuesta legislativa no solo se enfoca en el guarismo del salario mínimo general, sino que también contempla un correlativo aumento en diversos beneficios sociales que se calculan en base a este. De esta forma, la Asignación Familiar (AF) y la Asignación Maternal experimentarán un alza, fijándose en $22.007, $13.505 y $4.267, según el tramo de ingreso del beneficiario. El Subsidio Único Familiar (SUF) también se verá incrementado en la misma proporción y montos.
El proyecto también considera realidades laborales específicas. Para los trabajadores y trabajadoras menores de 18 años y aquellos mayores de 65 años, el salario mínimo se elevará a $394.622 a partir del 1 de mayo de 2025, y luego a $402.082 desde el 1 de enero de 2026. En cuanto al ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales, este ascenderá a $340.988 el 1 de mayo de 2025 y a $347.434 el 1 de enero de 2026.
Una modificación relevante introducida y aprobada durante la tramitación en la Comisión de Hacienda del Senado es la obligación de realizar un análisis exhaustivo sobre el impacto de estos incrementos del ingreso mínimo. Dicho estudio deberá evaluar las consecuencias en el empleo formal, la informalidad laboral y la estructura salarial a nivel nacional, y sus conclusiones deberán presentarse en un plazo máximo de 8 meses desde la eventual promulgación de la ley. Esta medida busca generar evidencia robusta para futuras discusiones sobre política salarial.
El proyecto de ley también incorpora medidas complementarias para mitigar posibles efectos adversos en otros sectores. Entre ellas destaca una inyección de recursos al Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo (FEPP), con el fin de asegurar que el precio del kerosene de uso doméstico no supere los $1.050 por litro, un alivio sensible para las familias, especialmente en los meses de invierno.
Adicionalmente, se establece un subsidio destinado a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes), incluyendo personas jurídicas sin fines de lucro, comunidades, y personas naturales y jurídicas que se clasifiquen como micro, pequeñas y medianas empresas. Este subsidio se activaría si el alza del salario mínimo en enero de 2026 resulta ser superior a la inflación efectiva acumulada durante el año 2025. El costo total máximo estimado para esta ayuda estatal asciende a $10.000 millones.
No todas las propuestas lograron concitar el apoyo necesario en la Cámara Alta. Entre las iniciativas que venían aprobadas desde la Cámara de Diputadas y Diputados, o que fueron repuestas por el Ejecutivo y finalmente rechazadas por el Senado, se encuentran la creación de un Observatorio de Ingresos y Costos de la Vida de los Trabajadores. Tampoco prosperaron las modificaciones propuestas al Fondo de Formación Sindical, que buscaban habilitar una línea de financiamiento específica para organizaciones sindicales.
Con la aprobación en el Senado, el proyecto de ley de reajuste del salario mínimo deberá ser analizado ahora por la Cámara de Diputadas y Diputados. Esta corporación tendrá la tarea de aprobar o rechazar las enmiendas introducidas por los senadores. Si la Cámara Baja aprueba las modificaciones, el proyecto quedará en condiciones de ser despachado al Ejecutivo para su promulgación como ley de la República. En caso de que existan desacuerdos respecto a las enmiendas, la iniciativa podría derivar a una Comisión Mixta, integrada por diputados y senadores, para buscar un consenso y zanjar las diferencias.
El avance de esta legislación es seguido de cerca tanto por las organizaciones de trabajadores, que ven materializadas sus demandas de mejora en el poder adquisitivo, como por el sector empresarial, que evalúa el impacto de estos incrementos en sus estructuras de costos y en la dinámica del empleo. El Gobierno, por su parte, busca consolidar una política de recuperación de ingresos que, según sus autoridades, se enmarca en un diálogo social tripartito y responsable.
Fuente información: comunicaciones@hacienda.gov.cl
En una sesión clave para la agenda laboral del país, la Sala del Senado respaldó de forma unánime el proyecto de ley que propone un nuevo reajuste al salario mínimo mensual. La iniciativa, identificada con el Boletín N° 17508-05, ahora deberá regresar a la Cámara de Diputadas y Diputados para su tercer trámite constitucional, donde se revisarán las enmiendas introducidas por la Cámara Alta.
El actual salario mínimo general se sitúa en $510.636. Con la aprobación senatorial, el primer incremento lo elevaría a $529.000 a contar del 1 de mayo de 2025. Posteriormente, un segundo ajuste está programado para el 1 de enero de 2026, fecha en la que el ingreso mínimo alcanzaría los $539.000.
Durante el debate en el hemiciclo, el Ministro de Hacienda, Mario Marcel, tomó la palabra para resaltar la importancia de esta legislación. Según el secretario de Estado, "el proyecto completa un ciclo de acuerdos con organizaciones de trabajadores, constituyendo una política de ingresos con criterios definidos". Esta visión subraya el esfuerzo del Ejecutivo por establecer mecanismos previsibles y consensuados para la determinación de las remuneraciones mínimas.
Por su parte, el Ministro del Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo, enfatizó el cumplimiento de uno de los compromisos programáticos del Presidente Gabriel Boric. Boccardo recordó que el objetivo era alcanzar un salario mínimo de $500.000, cifra que, con los nuevos montos propuestos, no solo se alcanza, sino que se supera, buscando además "mantener el poder de compra" de los sueldos más bajos frente al escenario inflacionario.
Incremento en beneficios sociales y reajustes específicos
La propuesta legislativa no solo se enfoca en el guarismo del salario mínimo general, sino que también contempla un correlativo aumento en diversos beneficios sociales que se calculan en base a este. De esta forma, la Asignación Familiar (AF) y la Asignación Maternal experimentarán un alza, fijándose en $22.007, $13.505 y $4.267, según el tramo de ingreso del beneficiario. El Subsidio Único Familiar (SUF) también se verá incrementado en la misma proporción y montos.
El proyecto también considera realidades laborales específicas. Para los trabajadores y trabajadoras menores de 18 años y aquellos mayores de 65 años, el salario mínimo se elevará a $394.622 a partir del 1 de mayo de 2025, y luego a $402.082 desde el 1 de enero de 2026. En cuanto al ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales, este ascenderá a $340.988 el 1 de mayo de 2025 y a $347.434 el 1 de enero de 2026.
Modificaciones y medidas complementarias aprobadas
Una modificación relevante introducida y aprobada durante la tramitación en la Comisión de Hacienda del Senado es la obligación de realizar un análisis exhaustivo sobre el impacto de estos incrementos del ingreso mínimo. Dicho estudio deberá evaluar las consecuencias en el empleo formal, la informalidad laboral y la estructura salarial a nivel nacional, y sus conclusiones deberán presentarse en un plazo máximo de 8 meses desde la eventual promulgación de la ley. Esta medida busca generar evidencia robusta para futuras discusiones sobre política salarial.
El proyecto de ley también incorpora medidas complementarias para mitigar posibles efectos adversos en otros sectores. Entre ellas destaca una inyección de recursos al Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo (FEPP), con el fin de asegurar que el precio del kerosene de uso doméstico no supere los $1.050 por litro, un alivio sensible para las familias, especialmente en los meses de invierno.
Adicionalmente, se establece un subsidio destinado a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes), incluyendo personas jurídicas sin fines de lucro, comunidades, y personas naturales y jurídicas que se clasifiquen como micro, pequeñas y medianas empresas. Este subsidio se activaría si el alza del salario mínimo en enero de 2026 resulta ser superior a la inflación efectiva acumulada durante el año 2025. El costo total máximo estimado para esta ayuda estatal asciende a $10.000 millones.
No todas las propuestas lograron concitar el apoyo necesario en la Cámara Alta. Entre las iniciativas que venían aprobadas desde la Cámara de Diputadas y Diputados, o que fueron repuestas por el Ejecutivo y finalmente rechazadas por el Senado, se encuentran la creación de un Observatorio de Ingresos y Costos de la Vida de los Trabajadores. Tampoco prosperaron las modificaciones propuestas al Fondo de Formación Sindical, que buscaban habilitar una línea de financiamiento específica para organizaciones sindicales.
Próximos pasos y proyección
Con la aprobación en el Senado, el proyecto de ley de reajuste del salario mínimo deberá ser analizado ahora por la Cámara de Diputadas y Diputados. Esta corporación tendrá la tarea de aprobar o rechazar las enmiendas introducidas por los senadores. Si la Cámara Baja aprueba las modificaciones, el proyecto quedará en condiciones de ser despachado al Ejecutivo para su promulgación como ley de la República. En caso de que existan desacuerdos respecto a las enmiendas, la iniciativa podría derivar a una Comisión Mixta, integrada por diputados y senadores, para buscar un consenso y zanjar las diferencias.
El avance de esta legislación es seguido de cerca tanto por las organizaciones de trabajadores, que ven materializadas sus demandas de mejora en el poder adquisitivo, como por el sector empresarial, que evalúa el impacto de estos incrementos en sus estructuras de costos y en la dinámica del empleo. El Gobierno, por su parte, busca consolidar una política de recuperación de ingresos que, según sus autoridades, se enmarca en un diálogo social tripartito y responsable.
Fuente información: comunicaciones@hacienda.gov.cl